Reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad. R.D. 24/2000 disposición adicional 2ª.
Una de las medidas alternativas para las empresas que empleen un número de trabajadores de 50 o más y que están obligadas a contratar por lo menos un 2% de trabajadores con discapacidad, consiste en realizar donciones y acciones de patrocinio, de caracter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y creación de empleo para personas con discapacidad.
La entidad beneficiaria de estas acciones tiene que ser de utilidades pública, y que su objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad. El imponente de las donaciones ha de ser, por lo menos, de 1,5 veces el SMI anual, por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota del 2%.